El Congreso de Coahuila aprobó una sanción por violencia vicaria, así como la retirada de la patria potestad en caso de feminicidio. Estas reformas buscan castigar la violencia que busca dañar a las mujeres a través de sus seres queridos, especialmente sus hijos e hijas.
La reforma al artículo 9 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los artículos 251 y 252 del Código Penal incluyen sanciones para estas agresiones. El agresor perderá todos los derechos relacionados con la víctima, incluidos los derechos sucesorios y la pensión por viudez, así como la pérdida de la patria potestad de los hijos en común con la víctima.
Además, se aumentarán las penas cuando la víctima sea menor de edad, esté embarazada, sea una adulta mayor o tenga alguna discapacidad. También se modificó la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Familiar para incluir la figura delictiva de la violencia vicaria.
En el caso del delito de feminicidio, se impone una pena de cinco a diez años de prisión, multa de 500 a mil días e inhabilitación del cargo o comisión para los servidores públicos que realicen prácticas dilatorias en la procuración y administración de justicia.
En resumen, estas reformas buscan castigar la violencia vicaria y proteger los derechos de las mujeres, garantizando el interés superior de la niñez y asegurando que los responsables de feminicidio pierdan la patria potestad.
